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Ley General de Salud Artículo 166 Bis Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley General de Salud Federal
Artículo 166 Bis.

El presente título tiene por objeto:

I.Salvaguardar la dignidad de los enfermos en situación terminal, para garantizar una vida de calidad a través de los cuidados y atenciones médicas, necesarios para ello;

II.Garantizar una muerte natural en condiciones dignas a los enfermos en situación terminal;

III.Establecer y garantizar los derechos del enfermo en situación terminal en relación con su tratamiento;

IV.Dar a conocer los límites entre el tratamiento curativo y el paliativo;

V.Determinar los medios ordinarios y extraordinarios en los tratamientos; y

VI.Establecer los límites entre la defensa de la vida del enfermo en situación terminal y la obstinación terapéutica.

Federal de México Artículo 166 Bis Ley General de Salud
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